Ventas

En esta oportunidad, se brindará la presentación del módulo detallando sus funciones y opciones disponibles, destacando principalmente la que se utilizará habitualmente que es la de facturación, donde en este manual se especificarán los diferentes modos de facturación, como por ejemplo, con validación de receta o no, cuenta corriente, etc. 

Introducción 

A los Señores Usuarios, de acuerdo a la resolución general del AFIP Nº259/98 la cual obliga a las Farmacias a la utilización de Dispositivos del tipo Controlador Fiscal, nos vemos en la necesidad de modelizar al Sistema de Farmacia acorde a las nuevas legislaciones vigentes. Se transcribe a continuación parte de dicha resolución: “...esa programación deberá asegurar que, en forma concomitante con la captura de la información referente a cada ítem vendido o servicio prestado, se impriman los correspondientes datos en el comprobante a emitir, excepto cuando, por la modalidad operativa de la actividad desarrollada por el usuario de la Impresora, se requiera la facturación diferida en la relación a la mencionada captura (por ejemplo, restaurantes, etc.) …”. Además, con fecha 10 de marzo de 1999 dirigida al Señor Presidente de la Confederación Farmacéutica Argentina, por parte del Cont. Jorge E. Gandullo – Asunto: Controladores Fiscales. Resolución General (DGI) 4104, el AFIP establece: “punto d) respecto de autorizar a las Farmacias a obtener por pantalla el detalle del presupuesto que habitualmente solicitan los clientes en general y los afiliados a la seguridad social en particular para luego emitir el comprobante a través del controlador fiscal. Teniendo en cuenta la complejidad del sistema de autorización de la venta de medicamentos por el sistema de seguridad social, se autoriza este procedimiento exclusivamente para la venta de medicamentos a través de obras sociales y medicinas prepagas. En cuanto a la impresión de presupuestos a través de impresoras no fiscales o a través de un controlador fiscal como documento no fiscal, no se admitirá la impresión de ningún presupuesto u otro documento no fiscal de aspecto similar a los documentos fiscales.”  c) “Con relación a las Farmacias que posean más de una terminal a través de un sistema multiusuario y que dichas terminales se conecten a una sola Impresora fiscal, se deberá tener en cuenta que la norma establece que la programación de dicho sistema deberá asegurar que en forma concomitante con la captura de la información referente a cada ítem vendido, se impriman los correspondientes datos en el comprobante a emitir, excepto para los casos indicados en el punto d. de la presente que ha sido autorizado expresamente. “. 

A continuación, detallamos el funcionamiento del Sistema.